DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016

Fecha: 17-Feb-2016

Consejo de Autoridades o Cuerpo de Autoridades de la comunidad”

En relación a sus propias autoridades, la misma está compuesta por una mesa directiva, denominada: “Consejo de Autoridades o Cuerpo de Autoridades de la comunidad” (sic), quienes desempeñan sus funciones durante una gestión, posteriormente renuevan la directiva, siendo ésta una estructura vertical e individual de los cargos, que no expresa el principio de la dualidad propia de las culturas andinas.

“El Consejo de Autoridades está compuesto por las autoridades vigentes constituyendo el órgano rector y normativo de la comunidad. Los representantes o delegados comunales constituyen el cuerpo de autoridades de 2do. Nivel, los mismos no son elegidos en Asamblea General, sus atribuciones están normadas en el capítulo VIII de este estatuto” (sic).

Por consiguiente, la comunidad de Yurcuma, socialmente está estructurado por el Cuerpo de Autoridades, que aglutina a todas las autoridades de la Comunidad, entre sindicales, municipales y políticas, logrando una estructura simbiótica numerosa; referente al tema, Rosa Carmen Bolívar[1] dijo lo siguiente: