DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016
Fecha: 17-Feb-2016
Cosmovisión e idioma
Según el Informe Técnico TCP/STyD/UD/N° 034/2015, los pobladores de Yurcuma en su mayoría son creyentes católicos; aunque se advierte la práctica del mink’a, chumili y waqi que son principios y valores ancestrales aún perviven en la siembra de los cultivos; al respecto, el corregidor Elías Bolívar Flores, señala lo siguiente:
”Antes hacíamos la mink’a y hoy uno que otro seguimos haciendo prevalecer nuestras costumbres como en la siembra el chumili, y el waqi, que consiste en después de terminar la siembra hacer un agradecimiento a la pachamama y también a nuestros iluris que son nuestros semilleras que echan la semilla, la cual empezamos con unas banderitas a dar vuelta el terreno después la ronda y posterior ya los alféreces quienes siembran invitan a sus domicilios para poder continuar la fiesta en la noche, en lo cual empieza el chumili se les invita chicha en cantarito, y su coctelito y con eso se le hace el agradecimiento y empieza la fiesta con su caja y su anata para poder chumiliar, (…) el waqi y el chumili va juntos, el waqi es la preparación de la tierra, la siembra y todo ese trabajo, el chumile es después de la siembra que es la alegría, la anata todo eso….” (Trabajo de Campo TCP/STyD/UD/ 08/10/2015).
En este sentido, “la religiosidad y el sentido de trascendencia de los pueblos indígenas son muy fuertes y complejos, pero es una realidad que dinamiza la vida, llegando incluso a crear productos sincréticos de expresión cultural emergente de los procesos de conquista que vivieron” (Sánchez Pereira, 2005: 27).
“…nuestros antepasados dicen que habríamos tenido nuestra propia lengua y hablaban los chipchas, no sabemos con certeza, cuál será la realidad, (…) nosotros los mayores hablamos quechua, nuestros hijos y nietos ya no hablan quechua sólo entienden perfectamente, en la escuela nos enseñaron a hablar el castellano y nos comunicamos hasta ahora en castellano…” (Quispe, Trabajo de Campo. TCP/STyD/UD/ 08/10/2015).
- Consulta de Autoridades Indígena Originaria Campesinas (IOC)
- Cosmovisión e idioma
- Territorio y estructura de autoridades
- Consejo de Autoridades o Cuerpo de Autoridades de la comunidad”
- Fragmento 5
- Atribuciones del Corregidor
- Economía y producción
- Saberes y conocimientos para resolver conflictos
- II.
- ampliase la reserva urbana de la ciudad de Tupiza
- Yurcuma
- a) “El corregidor (…) tiene la potestad o facultad de distribución o redistribución de la tierra al interior de la comunidad…”
- b)
- II.3. Naturaleza y contenido de la consulta
- Identificada la norma objeto de la consulta aplicable a un caso concreto, habrá que plantearse si se trata de una cuestión de carácter jurisdiccional
- alcanza o abarca sólo a la norma oral o escrita objeto de consulta por la autoridad indígena originaria campesina
- cuando menos contendrá
- la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios de pluralismo jurídico (…) dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’ (…)
- Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales”
- vida en plenitud’
- III.3. El principio del qhapaq ñan (camino o vida noble)
- La ciclicidad del tiempo y espacio en la cosmovisión andina
- Fragmento 23
- El vivir bien se encuentra atrás y se llega por el camino cíclico (kuti pacha)
- Retorno al qhapaq ñan (camino vida noble)
- III.4. Derechos de las Naciones y Pueblos Indigena Originario Campesinos
- a la libre determinación y territorialidad
- Primero:
- … la facultad de aplicar sus normas propias, administrados por sus estructuras de representación y la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la
- En el cumplimiento de la función social se reconocen las normas propias de las comunidades
- excepto la distribución interna de tierras en las comunidades que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo sobre las mismas
- Segundo: Sobre la protección y resguardo de
- El Estado reconoce, protege y garantiza la propiedad comunitaria o colectiva
- Sobre la Ley 1381
- MAGISTRADO