Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00184/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
a)
La parte accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándola manifestó que: a) Conforme a la SCP 1999/2014 de 19 de diciembre, que resolvió la acción de inconstitucionalidad concreta contra la Ley 2791, derivó la tutela de derechos al amparo constitucional; b) A través de una interpretación retroactiva de la ley, el demandado pretende no otorgar lo que en derecho se concedió; y, c) Respecto a la permisión de la demolición del inmueble, se solicitó la emisión de ordenanza municipal de demolición para la prosecución del proyecto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- actos administrativos
- Fragmento 19
- CONFIRMAR