Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 19/2015 de 20 de octubre, cursante de fs. 167 a 172 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Miguel Panica Nuñez y Martha Gallego Mallon de Panica contra Yenny Cortez Baldiviezo, Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial de Tarija y Silvia Susana Ruiz Pantoja, Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, ambas del departamento de Tarija.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sobre la valoración de la prueba en sede constitucional
- a) Las autoridades no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente; y, c) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.2. El principio de la verdad material
- Fragmento 14
- III.3.Análisis del caso en concreto
- i)
- CONFIRMAR en todo