SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

II.9.

II.9.    Por correo electrónico de 2 de junio de 2015, se hizo conocer a la empresa “LA FIRMA SRL.” El resultado del Informe Legal I.L./AJC/M&C 035/2015 de 27 de mayo, emitido por el Director de Asesoría Jurídica a.i. de la UPEA y dirigido al Rector de la referida Universidad, en el que en atención al cite 152-15 se concluye y sugiere que independientemente de la modificación o no del contrato, se debe renovar actualizar la Boleta de Garantía de Cumplimiento de Contrato, así como la improcedencia del contrato modificatorio (fs. 226 a 228).