Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2016-S1
Fecha: 18-Feb-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Ejerciendo el derecho a la réplica manifestó que el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre hizo creer que son propietarios del terreno otorgado en usufructo, sin embargo, no existía ningún documento que probara dicho derecho propietario, en ese entendido el registro de usufructo fue el primero, no existe alguno anterior.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso en sus elementos de la fundamentación y congruencia
- III.3.
- CONFIRMAR