Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2016-S1
Fecha: 18-Feb-2016
II.1.
II.1. Por demanda de usucapión interpuesta por Emilio Zelada Córdova, a través de María Rosa Aramayo Zelaya, señaló que con relación al inmueble ubicado en la zona Central de la calle Santa Cruz sin número de la localidad de Presto de 130,54 m², se hallaba en posesión libre, pacífica y continuada en forma pública sin oposición o reclamo de ninguna naturaleza de ninguna persona por más de diez años (fs. 1 a 2 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso en su elemento de la fundamentación
- III.3 Del derecho de impugnación
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1°