SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

II.5.

II.5.    El Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Chuquisaca, mediante Auto 34 de 5 de marzo de 2015, declaró improbado el incidente de nulidad, bajo los siguientes fundamentos: a) Se abrió el término de prueba, empero no se produjo ninguna en el tiempo otorgado al efecto; b) Los promotores del incidente, ahora accionantes, no probaron que el fallecido actor hubiera conocido los domicilios de aquéllos; y, c) Se produjo la prórroga de la competencia territorial de manera tácita porque en la contestación a la demanda, realizada por su abogada defensora de oficio, no se hizo referencia a ello, sino que ésta contestó sin oponer la excepción correspondiente (fs. 20 a 23 vta.).