SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

procedimiento abreviado

Sobre la problemática planteada debemos señalar que una de las formas de finalizar un conflicto o contienda penal es el procedimiento abreviado previsto en nuestro ordenamiento penal; que como la doctrina ha expuesto a diferencia de otras salidas alternativas, no extingue ni suspende el ejercicio de la acción penal, sino la abrevia y provoca la solución inmediata a la litis.

En el Estado Plurinacional de Bolivia el procedimiento abreviado fue integrado al sistema procesal penal con el vigente Código de Procedimiento Penal, “Cuya aplicación sólo puede ser solicitada por los acusadores, constituye una simplificación de los trámites procesales, ya que se elimina el debate oral, público y contradictorio, quedando el juez plenamente facultado para dictar la sentencia sobre la base de la admisión de los delitos por parte del propio imputado” (Comisión Redactora, exposición de motivos del Código de Procedimiento Penal).