SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
II.1.
II.1. Por RA RU-ABT-DDSC-SIV-PAS-223/2010 de 15 de abril, el responsable de la UOBT de San Ignacio de Velasco del departamento de Santa Cruz, declaró a Osias Wagner Greve -hoy accionante- responsable de la contravención forestal de desmonte ilegal, al interior de la propiedad “El Destino”, imponiéndole el pago de la suma de Bs58 009,35.- (cincuenta y ocho mil nueve 35/100 bolivianos) por concepto de patente de desmonte, mas Bs787 427,39.- (setecientos ochenta y siete mil cuatrocientos veintisiete 39/100 bolivianos) equivalente al 15% del valor de la madera; Bs676 349,39.- (seiscientos setenta y seis mil trecientos cuarenta y nueve 39/100 bolivianos) equivalente al 80% de la patente por desmonte no autorizado; y Bs805,98.- (ochocientos cinco 98/100 bolivianos) equivalente a $us0,20.- (veinte dólares estadounidenses) por hectárea aplicable a la superficie total, haciendo un total de Bs1 522 592,10.- (fs. 13 a 22).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La autolimitación de la justicia constitucional en cuanto a la revisión de la actividad de otras jurisdicciones
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR