SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
II.4.
II.4. El 9 de septiembre de 2013, el ahora accionante activó la vía contenciosa administrativa contra la Resolución Forestal 56-13, expresando que: 1) En el curso del proceso administrativo se ha lesionado el derecho al debido proceso, toda vez que, el recurso de revocatoria que interpuso contra la RA RU-ABT-DDSC-SIV-PAS-223/2010 fue resuelto luego de más de tres años; 2) Por RA ABT 023/2013, en flagrante violación del debido proceso y a la defensa, se dispuso modificar en parte la sanción, más lo hizo sin efectuar análisis alguno, contraviniendo el principio de sometimiento pleno a la ley, omitiendo asimismo fundamentar y motivar la decisión, vulnerando el principio de proporcionalidad al no realizar valoración de la prueba aportada en el proceso; y, 3) La Resolución Forestal 56-13, resulta ser contradictoria, imprecisa e inaplicable, debido a que la misma no contiene justificación legal, pues confirma la Resolución recurrida sin efectuar valoración propia de los actuados y violaciones realizadas por la ABT, careciendo de fundamentación, contraviniendo abiertamente los principios del proceso sancionatorio (fs. 51 a 54 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La autolimitación de la justicia constitucional en cuanto a la revisión de la actividad de otras jurisdicciones
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR