SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
II.2.
II.2. Mediante memorial de 11 de mayo de 2010 -no cursa sello de recepción- el hoy accionante al ser notificado con la Resolución sancionatoria, planteó recurso de revocatoria, alegando que la misma se limitó a realizar una relación cronológica de la prueba de cargo, así como una transcripción de artículos de la Ley Forestal y su Reglamento, sin especificar cuáles permitieron llegar a la decisión tan desproporcional; por otro lado -sin relacionar al caso-, manifestó la violación del principio non bis in idem que también debe ser aplicable en el ámbito administrativo, recurso que fue resuelto por la RA ABT 023/2013 de 28 de enero, fallo que revocó en parte la RA RU-ABT-DDSC-SIV-PAS-223/2010, efectuando la rebaja de la sanción a Bs789 165,50.- (fs. 23 a 24 vta. y 42 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La autolimitación de la justicia constitucional en cuanto a la revisión de la actividad de otras jurisdicciones
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR