SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
II.2
II.2. El 26 de noviembre de 2014, la actual accionante interpuso una acción de inconstitucionalidad concreta contra el art. 61 inc. b) del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, por ser presuntamente contrario a los arts. 8, 13, 46.I, 115.I, 116.I, 117.I, 256.I; y 410.I de la CPE; 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XXVI de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; y, 14.2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) (fs. 153 a 161 vta.); disponiéndose su rechazo por Auto de 1 de diciembre de ese año, el cual fue ratificado por AC 0007/2015-CA de 14 de enero, según Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- esta jurisdicción constitucional se encuentra facultada a vigilar que en todo fallo, providencia o decisión judicial que las autoridades judiciales se sometan a la Constitución
- Fragmento 15
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido
- III.3.1. Consideraciones previas
- b)
- c)
- Fragmento 20
- REVOCAR