SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

Con relación a la problemática identificada en el inc. a),

           Con relación a la problemática identificada en el inc. a), es decir a la denuncia de la dilación en la ejecución del mandamiento de libertad en que hubiera incurrido el Gobernador del Penal de San Roque bajo el argumento de que debían ser presentados mandamientos individuales, corresponde señalar que se tiene a partir de obrados los mandamientos de libertad en cuestión a favor de los accionantes fueron recibidos en el Centro Penitenciario de San Roque el 6 de noviembre de 2015 a horas 18:10 a favor de Marco Antonio Cossio Tejada, a horas 18:30 respecto a Enrique Pablo Luqueo, Nelson Alberto Cossio Tejada y Mirian Edith Venegas Pauro, mismos que según el informe del nombrado Director del Régimen Penitenciario codemandado, previo los registros y verificaciones correspondientes (Conclusión II.3.), fueron puestos en libertad en la misma fecha a horas 19:00 tal como consta a fs. 18 vta., 19 vta., 20 vta. y 21 vta., previo cumplimiento de los procedimientos de seguridad y rigor que manda la normativa vigente, extremo que permite concluir que el mismo no vulneró derecho alguno de los accionantes, habiendo actuado conforme a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, correspondiendo en consecuencia denegar la tutela impetrada al respecto.