SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante a tiempo de ratificar los términos de su memorial de acción de libertad, ampliando los mismos señaló que, el 6 de noviembre de 2015, se sometieron a procedimiento abreviado, donde se dispuso su libertad, conduciéndoles al penal con la orden de libertad, donde apareció un funcionario de Migraciones y otro de la FELCC, quienes sin ninguna orden los retuvieron, refiriendo que estaban verificando el “DNI”, preguntándoseles si contaban con alguna orden, habiéndoselos llevado hasta dependencias de la FELCC,  sin que se acredite el motivo hasta que a horas 1:00 llegó una orden de aprehensión de Potosí por un hecho delictivo anterior, señalando el abogado que hasta el momento de la aprehensión no sabía que fue de ellos, por lo que los accionantes habrían sido objeto de retención por más de siete horas, siendo ilegalmente perseguidos e indebidamente procesados.

Haciendo uso de su derecho a la réplica, señaló que el Director de Migraciones dijo que fueron conducidos para que duerman en celdas de la FELCC para averiguar su identidad, empero, no podían ser retenidos, así la Ley “360” estableció la verificación de las personas extranjeras, pero no se refiere dicho aspecto a que sean retenidos, por lo que solicitó la orden de conducción a celdas.