SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0449/2016-S2
Fecha: 04-Feb-2016
II.4.
II.4. Cursa acta de audiencia de aplicación de medidas cautelares de 4 de febrero de 2016, actuado en el cual la Fiscal de Materia demandada, modificó el requerimiento conclusivo de aplicación de procedimiento abreviado formulado, impetrando que se otorgue un plazo de treinta días para presentar el requerimiento conclusivo de acusación -toda vez que existe algunos actos investigativos que se deben desarrollar- así como la detención preventiva del imputado. Una vez corrido en trasladado dicho petitorio a la partes, la defensa del imputado arguyó que la modificación que efectuó la Fiscal de Materia demandada era ilegal, debiéndose considerar con prioridad la solicitud de aplicación de procedimiento abreviado, puesto que el imputado se estaba sometiendo voluntariamente a la sanción máxima de tres años de reclusión de libertad (fs. 42 a 43 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- indebidamente procesada
- el actor debe agotar los mecanismos de impugnación intraprocesales previo a la activación de la acción de libertad.
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad
- debe tenerse presente que opera igualmente el principio
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo