SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2016-S2
Fecha: 07-Mar-2016
Fragmento 16
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia; los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 14/2015 de 2 de diciembre, cursante de fs. 43 a 46 vta., pronunciada por el Juez Séptimo Liquidador y de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada únicamente respecto al Juez Técnico del Tribunal Décimo Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, ordenándole la remisión inmediata del recurso de apelación interpuesto en Audiencia de 24 de noviembre de 2015, al Tribunal de alzada, teniendo el cuidado de hacerlo con toda la documentación necesaria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El debido proceso y la acción de libertad
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad, con la mayor celeridad posible
- III.3. Análisis del caso concreto
- 20 de octubre de 2015
- 24 de noviembre de 2015
- Fragmento 16