SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

II.3.

II.3.  Los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 3 de febrero de 2015, revocaron el proveído de 20 de octubre de 2014, ordenando la desacumulación solicitada por Laureano Díaz Mejía, señalando que no obstante la norma prescribe la acumulación de todos los procesos ejecutivos pendientes, en el caso no corresponde, porque se trata de un proceso ejecutivo concluido, al estar pagada la deuda perseguida con el producto del remate (fs. 2 y vta.).