Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
II.6.
II.6. Aparejada al expediente, solicitada como documentación complementaria, cursa la fotocopia legalizada de la diligencia a través de la cual la ahora accionante fue notificada el 17 de diciembre de 2014, a horas 16:35, con el Auto de 2 de diciembre de igual año, que rechazó el recurso de reposición y alternativamente concedió la apelación en el efecto devolutivo, disponiendo su remisión al Tribunal superior en grado (fs. 86 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR