SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

1)

Juan Carlos Tapia Terán, Encargado de Recursos Humanos de Potosí del Consejo de la Magistratura, en audiencia informó lo siguiente: 1) El no ejecutar la sanción impuesta implica incumplir deberes, por cuanto la norma exige que se ejecute en el plazo de tres días hábiles; y, 2) Se comunicó al accionante que la suspensión quedaría pendiente mientras la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura absolvía su consulta sobre el cambio de funciones de Juez a Vocal y dicha Sala respondió que la sanción debe cumplirse conforme a la normativa aplicable.  

Las autoridades demandadas de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, no asistieron a la audiencia no obstante haber sido legalmente notificados conforme cursa de fs. 99 a 100, no obstante, se remitió una nota señalando que los mismos se encontraban en declarados en comisión hasta el día de la audiencia, justificando su incomparecencia.