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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2016-S1

    Fecha: 11-Mar-2016

    II.12.

    II.12.  El 30 de junio del indicado año, Román Castro Quisbert, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, sustentado en el art. 321.II del CPP; dispone la devolución de los antecedentes del caso a la Jueza declarada competente mediante Resolución del Tribunal Departamental de Justicia. Esta última por decreto de 9 de julio, nuevamente ordena la remisión al Juzgado Primero (fs. 69 vta., 73 vta. y 74). 

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad.
    • celeridad
    • evitar retardaciones o dilaciones indebidas, ilegales e innecesarias que conculquen el derecho a la libertad en aquellos asuntos vinculados a éste
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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