Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2016-S1
Fecha: 11-Mar-2016
II.3.
II.3. Por memorial del 13 de enero de 2015, reiteró la solicitud de señalamiento de audiencia para la consideración de la solicitud de extinción; sin embargo la Jueza, sin pronunciarse sobre la misma, por decreto de 14 de igual mes y año, manifestó “Toda vez que en el caso de autos, no cursa señalamiento de audiencia conclusiva y diligenciamiento preparatorio, a efectos de aplicar la Ley de Descongestionamiento Nº 586 (…), procédase al sorteo de la causa ante el Tribunal de Sentencia correspondiente” (sic) (fs. 28 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad.
- celeridad
- evitar retardaciones o dilaciones indebidas, ilegales e innecesarias que conculquen el derecho a la libertad en aquellos asuntos vinculados a éste
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR