SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2016-S1

Fecha: 11-Mar-2016

II.5.

II.5.  El 29 de octubre de 2015, el accionante interpuso recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de 26 de octubre de 2015, alegando que: 1) Existe defecto absoluto por violación del art. 169.6 del CPP, porque el Juez a quo habría introducido elementos ajenos a las imputaciones presentadas, además que el Ministerio Público no fundamentó de manera clara, precisa y suficiente la adecuación de su conducta a los hechos imputados; 2) Se efectuó una defectuosa valoración probatoria a los fines de determinar la concurrencia del art. 233.1 del CPP;  3) Corresponde la inconcurrencia del art. 234.7 del mencionado cuerpo normativo por violación de su presunción de inocencia; y, 4) Defectuosa valoración probatoria y errónea interpretación para declarar la concurrencia del peligro de fuga determinado en el art. 234.10 del CPP; solicitando al efecto que se revoque el fallo del Juez a quo, disponiendo la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva (fs. 472 a 480).