SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2016-S3
Fecha: 30-Mar-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de libertad y ampliando los mismos, manifestó que, bajo la utilización del principio de potestad reglada, los Vocales hoy demandados consideran que habrían elementos para aplicar la detención preventiva en su contra, sin cumplir con la obligación de motivación y fundamentación que tienen las “entidades de apelación” para la objetivación del riesgo procesal, explicando concretamente los motivos particulares que les permiten llegar a la conclusión sobre la existencia de riesgos procesales; sin embargo, la Resolución dictada le causa agravio al desconocer “…cómo podemos defendernos y enervar un riesgo procesal que se encuentra determinado en la norma…” (sic); asimismo, la apelación se centró en el trabajo lícito, a lo que los Vocales demandados reconocen su existencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Facultad de revisión de las acciones de amparo constitucional y de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- este Tribunal no tiene elementos respecto al Auto de Vista que está siendo denunciado de esas carencias técnicas señaladas
- dado que para resolver cualquier impugnación presentada contra una determinada resolución judicial o administrativa, resulta indispensable que la misma figure en el expediente
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