Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2016-S3
Fecha: 15-Mar-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes sostienen que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso en su elemento a la motivación, congruencia y omisión de valoración de la prueba; toda vez que, al emitir el Auto de Vista 156/2015, omitieron pronunciarse sobre todos los puntos expuestos en el recurso de apelación que presentaron contra el Auto de 29 de mayo de 2015, lo que constituye al fallo de alzada en una decisión carente de motivación y fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Por apersonado
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- b)
- c)
- CONFIRMAR