SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2016-S3
Fecha: 15-Mar-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración sus derechos al debido proceso en sus elementos a la tutela judicial efectiva, fundamentación y motivación de las resoluciones, a la igualdad y al trabajo, así como los principios de verdad material, de seguridad jurídica, de proporcionalidad, de tipicidad y de legalidad, debido a que el SEDES de Cochabamba siguió un proceso administrativo interno en su contra, dentro del cual se emitieron las RRAA 16/2014, 10/2014 y la Resolución de Recurso Jerárquico 02/2015, mismas que no valoraron las pruebas que demostraban la imposibilidad de asistir a su fuente laboral, y una vez impugnado el último fallo referido, la Resolución de Recurso Jerárquico 02/2015, reiteró los errores cometidos en los anteriores fallos, sin advertir los puntos de agravio plasmados en el memorial de impugnación, careciendo de una adecuada fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. El contenido esencial al debido proceso en su elemento a una resolución debidamente fundamentada o motivada
- III.3. De la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Respecto a los terceros interesados
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADO