Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0093/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0093/2016-CA

    Fecha: 27-Abr-2016

    de la tramitación del proceso judicial o administrativo

    De igual forma el art. 81.I del indicado Código, dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la Sentencia” (las negrillas nos corresponden).

    • Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer de El Alto del departamento de La Paz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2.1. Ministerio Público
    • I.2.2. Comisión Nacional del Refugiado
    • I.2.3. Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción
    • I.2.4. Policía Boliviana
    • I.2.5. Consejo de la Magistratura
    • I.2.6. Ministerio de Justicia
    • rechazar
    • procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
    • de la tramitación del proceso judicial o administrativo
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
    • RATIFICAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca