Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-O
Fecha: 05-Abr-2016
acción de amparo constitucional
En impugnación el Auto de 15 de enero de 2016, emergente de la denuncia de incumplimiento de la SCP 1067/2015-S3 de 16 de noviembre, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Fernando Moreno Camacho, representante legal de Importaciones y Asesoramiento Tecnológico Sociedad Anónima (IATEC S.A.) contra Velma Judith Sahonero de Parrado, Directora de Administración y Finanzas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la denuncia
- I.1.1. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para resolver las denuncias por incumplimiento a sentencias constitucionales
- 1º REVOCAR
- III.2.2. Del caso concreto
- la autoridad competente para determinar el cumplimiento o incumplimiento de una resolución constitucional no es el Ministerio Público, ni la Procuraduría General del Estado,