SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2016-S2
Fecha: 25-Abr-2016
II.1.
II.1. Dentro del proceso ejecutivo seguido por la ahora accionante Maruja Crespo de Jordán contra David Fernando Fernández Zambrana, se dictó Sentencia declarando probada la demanda, fallo que al ser confirmado en apelación, la demandante el 30 de mayo de 2012, solicitó a la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, la inscripción definitiva de la Sentencia dictada, tomando en cuenta el anticrético del demandado por el inmueble de propiedad de Dolly Bauer de Sandoval, por $us45 000.- (cuarenta y cinco mil dólares estadounidenses), debiendo retener dicha persona la suma enunciada, que mereció la providencia de 12 de junio de 2012, por la cual se ordena la notificación de la propietaria del inmueble a quien se nombró depositaria del dinero dado por concepto de anticrético (fs. 24 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18