SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

i)

Manuela Diego Ajhuacho, Luciano Manuel Adrián y René Gutiérrez Beltrán, Secretaria General, Corregidor y Alcalde Mayor, respectivamente de la comunidad Huayña Pasto Chico del departamento de Oruro, por memorial presentado el 29 de octubre de 2015, cursante a fs. 104 y vta., señalaron que: i) Si bien se emitió el Voto Resolutivo de 18 de septiembre de igual año, que se impugna en la presente acción constitucional, casi inmediatamente se emitió el Voto Resolutivo 003/2015 de 9 de octubre, dejando sin efecto el anterior; precisamente para evitar cualquier cuestionamiento. Por lo que está revocada dicha decisión, pero esta no fue puesta a conocimiento del Tribunal de garantías, es así que no existe al presente ninguna vulneración de derechos y garantías fundamentales; y,         ii) Con relación a los terrenos roturados, estos fueron realizados en terrenos que pertenecen exclusivamente a la comunidad de Huayña Pasto Chico, en sujeción al derecho de propiedad que nos asiste de acuerdo con la documentación debidamente saneada; sin embargo, cualquier reclamo que pudieran tener los accionantes deben resolverse por la justicia especializada al tratarse de cuestiones de hecho y de derecho.