SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

PUNTO UNICO.- Por mandato de la Comunidad en Pleno y de acuerdo a nuestros usos y Costumbres, Sancionar Sr. EDGAR SOTOMAYOR ARANDIA y su familia con la expulsión de este señor y su Familia y el desalojo de nuestras tierras otorgándole un plazo de 10 días a partir de su notificación para que desocupe nuestras tierras y cumplir con el presente Voto Resolutivo

El 28 de septiembre de 2015, se les hizo conocer un Voto Resolutivo de 18 del mismo mes y año, tergiversando la Resolución del Juez Agroambiental del departamento de Oruro, señalando en forma expresa: “‘…PUNTO UNICO.- Por mandato de la Comunidad en Pleno y de acuerdo a nuestros usos y Costumbres, Sancionar Sr. EDGAR SOTOMAYOR ARANDIA y su familia con la expulsión de este señor y su Familia y el desalojo de nuestras tierras otorgándole un plazo de 10 días a partir de su notificación para que desocupe nuestras tierras y cumplir con el presente Voto Resolutivo…’’” (sic). Por ello, el 9 de octubre del referido año, en horas de la mañana, se constituyeron tractores en su propiedad para cumplir su amenaza de demoler su vivienda y su actividad económica, sin considerar que son personas de la tercera edad. Entonces, las amenazas empezaron a materializarse al extremo que hasta la presentación de la acción de amparo constitucional, procedieron a la roturación de sus terrenos, por lo que con el fin de salvaguardar sus integridades físicas y sus vidas, tuvieron que abandonar la propiedad y refugiarse en el inmueble de sus hijos.