SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2016-S3

Fecha: 13-Abr-2016

Al estar comprobado que ambas partes mantenían voluntariamente y con pleno consentimiento el giro de los cheques sin fecha de emisión, la supuesta falta de forma acusada por el recurrente en virtud a la aplicación del art. 549 núm. 1) del Código Civil no era aplicable

En ese mismo sentido el referido Auto Supremo indica “‘Al estar comprobado que ambas partes mantenían voluntariamente y con pleno consentimiento el giro de los cheques sin fecha de emisión, la supuesta falta de forma acusada por el recurrente en virtud a la aplicación del art. 549 núm. 1) del Código Civil no era aplicable’” (sic), sin explicar en lo mínimo como estaría comprobada la citada relación, con qué medios de prueba, evidenciándose así una manifiesta ausencia de fundamentación, aspectos que impidieron que el Auto Supremo se pronuncie sobre el hecho de si existió o no error de hecho y error de derecho que fue denunciado en el recurso de casación en el fondo.