Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
II.1.
II.1. Cursa orden de citación expedida por Edwin Sarmiento Valdivia, Fiscal de Materia -ahora codemandado-, para que Elizabeth Rosario Flores Flores -hoy accionante-, preste su declaración informativa el 3 de febrero de 2015 (fs. 8). Mediante acta de notificación de 27 de enero de igual año, el Investigador asignado al caso, refirió que no habiendo encontrado a la hoy accionante en la calle Señor de Mayo 28 de la zona de Villa Escobar Uría de la ciudad de La Paz, adhirió una copia de la citación a la puerta del domicilio señalado adjuntando muestrario fotográfico (fs. 8 vta. y 10 a 11).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- i)
- RODRIGO PABEL GOYZUETA FLORES Y ELIZABETH ROSARIO FLORES FLORES
- Fragmento 16
- III.3.2. Con relación a Edwin Alfonso Sarmiento Valdivia, Fiscal de Materia; Grover Mamani Copa
- III.3.3. En cuanto a
- CONFIRMAR