SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.2.
II.2. Mediante escrito presentado el 31 de julio de 2012 ante el representante del Ministerio Público, Pedro Clifford Paravicini Hurtado en representación de la ATT, formalizó querella contra Carlos Ismael Meyer Bustamante y otros, por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado y favorecimiento al enriquecimiento ilícito en razón de que la empresa AEROSUR dejó de honrar sus obligaciones; como son el pago de salarios, beneficios, aportes, obligaciones tributarias y regulatorias al SIN a la ATT, a ENTEL y otras empresas públicas y privadas, otorgándoles a los dineros generados un fin distinto; ya que el manejo de ese dinero por falta de políticas de administración y contables han hecho que se produzca fraude financiero en el manejo de la compañía, creando un perjuicio para los trabajadores, las entidades estatales y la sociedad en su conjunto, ya que los socios accionistas, gerentes, encargados y jefes de la compañía de trasporte aéreo privado, han realizado disposición del dinero de la sociedad comercial a favor de terceros, tal es así que el dinero recibido no ha sido registrado contablemente; sin que además exista fundamento para el depósito de dinero a favor de terceros (fs. 49 a 52 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución. La concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume
- III.2.
- REVOCAR