Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.4.
II.4. El ahora accionante, el 20 de agosto de 2014, interpuso incidente de nulidad de proceso por defectos absolutos, denunciando ilegalidad del procedimiento y proceso de auditoría, solicitando la anulación del proceso y que la Unidad de Auditoría Interna del Órgano Judicial (Consejo de la Magistratura) de cumplimiento al proceso de auditoría, donde pueda ejercer sus derechos constitucionales como la aclaración a los informes; declarado no ha lugar de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo 75/2013 y el art. 184.III de la LOJ (fs. 281 a 282 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, administrativas o cualesquiera otras, como una exigencia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo