SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.6.
II.6. El 2 de diciembre de 2014, el ahora accionante interpuso recurso de apelación contra la Sentencia Disciplinaria 24/2014, pidiendo a la Sala Plena del Consejo de la Magistratura dicte resolución declarándolo probado, revocando en todas sus partes la referida Sentencia Disciplinaria, indicando como agravios que el informe de Auditoría fue realizado vulnerando los principios constitucionales básicos; toda vez que, se basó en un Reglamento del cual no se tiene conocimiento y que fue aprobado posterior a la realización del informe de Auditoria de autos; por lo que, éste no tendría sustento legal y por lo tanto, no debió ser valorado ni considerado por la autoridad disciplinaria; asimismo, la mencionada Sentencia Disciplinaria, carece de una debida fundamentación, cuando no expone los motivos y hechos establecidos para así tener el convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados; y, también, la no consideración de las pruebas testificales y documentales presentadas (fs. 291 a 292 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, administrativas o cualesquiera otras, como una exigencia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo