SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

II.1.

II.1.  En obrados cursa convenio suscrito entre la empresa Hidroeléctrica Boliviana S.A. (Empresa) y la Confederación Sindical de Trabajadores de Luz - Fuerza, Telecomunicaciones, Aguas y Gas de Bolivia; la Federación Sindical de Trabajadores de Luz – Fuerza, Telecomunicaciones y Aguas del departamento de La Paz; y, el Sindicato de Trabajadores Luz y Fuerza Hidroeléctrica Boliviana (Organizaciones sindicales), en la que la Empresa se comprometió a contratar con preferencia a los trabajadores integrantes de las organizaciones sindicales, a conformar los requerimientos de personal para personal de planta; asimismo, asumió el compromiso de respetar la organización sindical; y, deponer cualquier acto de hostigamiento represalia en contra de los trabajadores en cualquier vía, no debiendo disponerse el descuento de sus haberes mensuales por los días no trabajados como consecuencia de los conflictos sociales, comprometiéndose a levantar la petición de declaratoria de ilegalidad de huelga y, los trabajadores se obligaron a cesar las medidas de presión (fs. 22 a 23).