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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2016-S1

    Fecha: 09-May-2016

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    • Mariela Beatriz Careaga Chire
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 15
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 17
    • III.2.De la acción de amparo constitucional
    • III.3.En cuanto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
    • debe interponerse la acción tanto contra el servidor público, persona individual o colectiva que cometió la vulneración que se alega, así como contra la que tiene facultad para revisarla, modificarla o en su caso dejarla sin efecto
    • la legitimación pasiva no sólo la adquiere la persona que cometió el acto ilegal y contra quien debe dirigirse la acción, a efecto que pueda responder por los supuestos actos ilegales atribuidos en su contra
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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