Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
ii)
ii) Es evidente que el Fiscal no motivó ni justificó su Resolución, siendo sus argumentos contradictorios con la Resolución de imputación formal emitida contra Carolina Paz Higazy, a quien atribuye los tipos penales de falsedad y estafa, y en el rechazo señaló que no se puede acreditar la falsedad por no contar con documentos idóneos, ingresando en una franca contradicción entre uno y otro actuado;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 5.
- III.1. Sobre
- Con relación a la Resolución Fiscal Departamental 619/14, pronunciada por Gomer Padilla Jaro, Fiscal Departamental de Santa Cruz
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- incluso que de haber considerado que a ese momento no se contaban con los suficientes elementos probatorios para proseguir con la investigación -pese a que el Fiscal Departamental identificó muchos de ellos en el cuaderno de investigación-, los mismos pudieron y debieron ser requeridos y recabados por el Fiscal de Materia, en virtud a los principios de legalidad, eficiencia y eficacia.
- Resoluciones de imputación formal el 6 de marzo de 2015, y requerimiento acusatorio de 17 de agosto del mismo año, pronunciados por ambos Fiscales de Materia Mario Mercado Justiniano y Marcelo Saldaña Sanguino
- REVOCAR en parte