SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
II.1.
II.1. Dentro de la investigación penal signada como caso 1309562, seguido por el Ministerio Público a denuncia y posterior querella de Julio Enrique Kempff Vaca Diez contra Enffis Torrez Contreras de Zeballos -ahora accionante- y otros por la presunta comisión del delito de estafa, estelionato, falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, el 23 de junio de 2014, la referida accionante solicitó el rechazo de la denuncia incoada en su contra, alegando en lo principal la existencia de una investigación previa en su contra por los mismos hechos signada como caso 1106395, la cual concluyó con el desistimiento y abandono del proceso, tal como evidencia el memorial de 7 de septiembre de 2013, donde el denunciante patrocinado por el mismo abogado que atiende esta última causa, señaló que su persona fue sorprendida en su buena fe (fs. 65 a 66 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 5.
- III.1. Sobre
- Con relación a la Resolución Fiscal Departamental 619/14, pronunciada por Gomer Padilla Jaro, Fiscal Departamental de Santa Cruz
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- incluso que de haber considerado que a ese momento no se contaban con los suficientes elementos probatorios para proseguir con la investigación -pese a que el Fiscal Departamental identificó muchos de ellos en el cuaderno de investigación-, los mismos pudieron y debieron ser requeridos y recabados por el Fiscal de Materia, en virtud a los principios de legalidad, eficiencia y eficacia.
- Resoluciones de imputación formal el 6 de marzo de 2015, y requerimiento acusatorio de 17 de agosto del mismo año, pronunciados por ambos Fiscales de Materia Mario Mercado Justiniano y Marcelo Saldaña Sanguino
- REVOCAR en parte