SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
i)
Virginia Janeth Crespo Ibáñez y Willy Arias Aguilar, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en su condición de autoridades demandadas, por informe escrito de fs. 214 a 215 vta., señalaron lo siguiente: i) En el caso particular, desde el inicio del proceso hasta la conclusión del mismo el accionante tuvo a su disposición todos los mecanismos de defensa previstos por el ordenamiento jurídico, por lo que todas las cuestiones planteadas ya quedaron resueltas en su oportunidad, en efecto, no existe lesión a derechos y garantías constitucionales; ii) En todas las instancias del proceso penal incluyendo casación y revisión extraordinaria de sentencia se determinó la culpabilidad del accionante, por lo que existe cosa juzgada al respecto; y, iii) Los Vocales ahora demandados en ningún momento conocieron el proceso penal de referencia, por lo que no existe lesión a derechos fundamentales que sea atribuible a sus personas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto al cómputo del plazo de caducidad
- el derecho para la petición de tutela constitucional a través de la acción de amparo fuera del citado plazo caduca, razón por la cual el órgano contralor de constitucionalidad no puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- desde el momento de la interposición de la demanda hasta la notificación con el auto o sentencia en la que la jurisdicción constitucional no ingresó al examen de fondo de la problemática planteada
- lo que implica que el recurrente podrá ejercer nuevamente la acción tutelar dentro del plazo que quede.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo