SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2016-S1

Fecha: 09-May-2016

Fragmento 15

           Del art. 109 de la Norma Suprema, se deduce que los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado, y concretamente los de carácter fundamental, son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección. De este enunciado, se entiende que tales derechos tienen validez en tanto cuenten con las garantías de orden procesal para accionar a través de mecanismos constitucionales de defensa contra los actos de las autoridades jurisdiccionales y administrativas, así como de los particulares.