Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2016-S1
Fecha: 09-May-2016
II.2.
II.2. Cursa la notificación personal con la RS 15181 de julio de 2015, a Rolando Esteban Álvarez Balderrama en su calidad de apoderado legal de la Asociación de Pequeños Productores Agropecuarios Colonia Menonita Neuland, en mérito al Testimonio de Poder 867/2013 de 18 de junio, relacionado con el predio denominada “Colonia Menonita Neuland” (fs. 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2. La protección del debido proceso y su relación con el acceso a la justicia, la igualdad y los principios de legalidad, seguridad jurídica y reserva de ley
- III.3. El plazo de la distancia establecido por el art. 146 del Código de Procedimiento Civil, ahora abrogado, no es aplicable para la presentación de la demanda contenciosa administrativa en materia agraria
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR