Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 005/2016 de 3 de marzo, cursante de fs. 91 a 96, pronunciada por el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia Segundo Penal del departamento de Chuquisaca; y, en consecuencia DENEGAR la tutela, con la aclaración de no haber ingresado al análisis de fondo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- excepcional
- Cuando existe imputación
- es importante no activar innecesariamente esta jurisdicción,
- la acción de libertad no puede constituirse en un medio adicional o supletorio que pueda ser activado cuando no se hizo uso oportuno de los mecanismos ordinarios de defensa instituidos por el ordenamiento jurídico, cuando aquellos fueron activados extemporáneamente o cuando se pretende obtener un pronunciamiento más rápido sin el previo agotamiento de las instancias respectivas en la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- tiene la finalidad de brindar protección inmediata y efectiva a los derechos fundamentales
- pese a haberse agotado las vías específicas
- oportuno
- CONFIRMAR