SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S3

Fecha: 24-May-2016

1)

Virginia Janeth Crespo Ibáñez y Ángel Arias Morales, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe presentado de 11 de diciembre de 2015, cursante a fs. 719 y vta., señalaron que: 1) Emitieron el Auto de Vista 122/2015 de 26 de mayo, por el cual resolvieron confirmar las Resoluciones 136/2014 y 137/2014, efectuando la fundamentación correspondiente con relación a los agravios señalados en el recurso de apelación mencionado, cumpliendo con las exigencias establecidas por el art. 124 del CPP; 2) Estas acciones de defensa no pueden ser utilizadas como una instancia más de la vía ordinaria; 3) El accionante no menciona de manera clara y precisa de qué manera “este” Tribunal habría vulnerado el valor libertad; y, 4) Dieron cumplimiento a las atribuciones reconocidas en el art. 58.1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), así como el principio de limitación por competencia establecido en el art. 398 del CPP.