Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2016-S3
Fecha: 01-Jun-2016
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Marina Martínez Ramos -ahora tercera interesada- y otros, por la presunta comisión del delito de robo agravado; en audiencia de consideración de medidas cautelares, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, mediante Auto interlocutorio 145/2015 de 30 de enero, dispuso la detención preventiva de la nombrada a ser cumplida en el Recinto Penitenciario de San Pedro de Oruro (fs. 10 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no señalar cómo se desvirtuaron los riesgos procesales de obstaculización, expresando si los mismos destruyen o no los motivos que originaron su detención preventiva; no existe el análisis en cuanto a los elementos que dieron lugar a esta medida, y cuáles serían los nuevos que demostraron que estos ya no concurrían,
- El Tribunal de alzada no señaló qué documento presentó la imputada para acreditar la conducta que hubiera asumido a partir de su detención, misma que fue extrañada por el Juez de la causa
- ordenando su detención domiciliaria en el mismo domicilio de su persona,
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- Fragmento 14
- la congruencia
- deriva a su vez la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2.
- 1) La detención domiciliaria de la nombrada en el domicilio ubicado en la Av. Villarroel entre 6
- la defensa de la víctima solicitó enmienda respecto a la medida sustitutiva dispuesta de detención domiciliaria, en el sentido de que el domicilio que consigna la imputada es el mismo de la víctima
- La detención domiciliaria de Marina Martínez Ramos en el domicilio acreditado ubicado en la Av.
- CONFIRMAR