SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2016-S1
Fecha: 03-Jun-2016
Fragmento 2
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de asesinato de una adolescente sancionado por el art. 252 del Código Penal (CP), la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primera de Santiváñez el 26 de febrero de 2015, dispuso en audiencia de medidas cautelares su detención preventiva; consecuentemente, logró desvirtuar el peligro de fuga quedando subsistente solo los riesgos insertos en los arts. 234.10 y 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP); por lo que, solicitó la cesación de la citada medida cautelar el 25 de enero de 2016; misma que fue negada; razón por la cual, presentó recurso de apelación incidental, siendo resuelto por los Vocales demandados el 4 de febrero de 2016, quienes empleando los mismos fundamentos de la Jueza a quo, declararon improcedente dicha impugnación.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- derecho que tienen las partes de conocer las razones en que se funda la decisión del órgano jurisdiccional, de tal manera que sea posible a través de su análisis, constatar si la misma está fundada en derecho o por el contrario es fruto de una decisión arbitraria
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19