SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2016-S3

Fecha: 07-Jun-2016

denegó

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 011/2016 de 16 de febrero, cursante de fs. 600 a 601 vta., denegó la tutela impetrada, señalando que el accionante no cumplió lo establecido en el art. 21 inc. f) del Reglamento Específico de Evaluación para el Ascenso a Generales y de Calificación a Jefes y Oficiales de la Policía Boliviana, que textualmente determina que: “La o el postulante haciendo uso de la palabra hará conocer sus observaciones de manera fundamentada, respecto a la evaluación de su expediente, ejercicio profesional, méritos, deméritos y extracto profesional; solicitando sean subsanadas en el acto presentando toda la documentación de respaldo que deberá ser verificada por la totalidad de los miembros del Consejo”; por cuanto, al tener conocimiento del informe del Departamento Nacional de Movimiento de Personal, tal como se establece del memorial de complementación de la apelación -presentado el 6 de enero de 2016-, no observó éste en su momento, convalidando así el acto.