SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
II.1.
II.1. Cursa informe circunstanciado UAI OF. 204/2015 de 20 de mayo, en el cual se concluyó que existían operaciones de fraccionamiento en el proceso de adquisición de insumos, medicamentos y otros bienes para el Hospital Universitario durante la gestión 2014, compras realizadas con posterioridad a las facturas emitidas por el proveedor, que dieron indicios de responsabilidad administrativa, conforme al art. 29 de la LACG, detallándose los nombres de los servidores públicos que intervinieron en el referido proceso, encontrándose entre ellos: Marcelo Javier Sandi Vargas, Roberto Ribera Salazar, Flora Escobar Calderón, Raúl Alejandro Pérez Revollo y María Edith Ari Porcel -ahora accionantes- (fs. 1 a 9, más anexo de fs. 10 a 146).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- la estructura de forma y fondo de la resolución sea clara y concisa y que por sobre todo satisfaga y responda a las inquietudes y puntos demandados por las partes procesales; toda vez que no es necesario efectuar grandes consideraciones y elaborar interminables resoluciones que a más de responder a los puntos cuestionados, ocasione en los litigantes una sensación de confusión por la extensión de su texto
- III.3. Análisis del caso concreto
- no perderá competencia la autoridad sumariante si es que la resolución de inicio fuera dictada fuera del plazo de tres días reconocido por el art. 22 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública
- CONFIRMAR