Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
II.3.
II.3. La hoy accionante por nota presentada el 18 de septiembre de 2015, ante la autoridad ahora demandada, solicitó su reincorporación a su fuente de trabajo alegando estar protegida por inamovilidad laboral al encontrarse en estado de gestación de cuatro semanas, pidiendo a su vez, el pago de sueldos devengados (fs. 5); en atención a la cual se emitió la nota SNRCM-DE-706/2015 de 21 de septiembre, indicando que previamente debe cumplir con los requisitos del art. 3 del DS 0012 (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La abstracción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, cuando se demande protección de mujer embarazada,
- no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso concreto
- aún se trate de un funcionario de libre remoción, cuando el mismo es acusado de infracciones administrativas, no es posible sancionarlo de manera directa, pues para que ello ocurra deben observarse las reglas del derecho al debido proceso
- REVOCAR en parte